Micelio

Artículo 1.7.3.4

Procedimiento Para Realizar El Registro De Los Acuerdos De Transacciones De Commodities

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los contribuyentes obligados a realizar el registro del acuerdo, deberán realizarlo de la siguiente manera:

a)

Diligenciar la información contenida en el acuerdo utilizando el formato 2573, en forma virtual a través de los servicios informáticos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ingresando por la opción "diligenciar/presentar".

b)

Adjuntar el acuerdo (contrato, oferta, aceptaciones u otro documento) que se haya suscrito en formato PDF.

El documento PDF que se adjunte no podrá superar 10 MB, en caso contrario, la sociedad deberá fraccionar el archivo, sin que cada uno supere el límite permitido y subirlos identificándolos como se muestra en el siguiente ejemplo:

Acuerdo commodity – (indicar el nombre de la sociedad) - parte 1

Acuerdo commodity – (indicar el nombre de la sociedad) - parte 2

c)

Firmar y presentar virtualmente el registro haciendo uso del Instrumento de Firma Electrónica (IFE), el cual deberá generar el formato 2573 con la marca de agua "FORMALIZADO".

Parágrafo 1

o. El registro del acuerdo de transacciones de commodities formato 2573, a través de los servicios informáticos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), solo se entenderá cumplido cuando se agote plenamente el procedimiento dispuesto en los literales de este artículo.

Parágrafo 2

o. La presentación formal del registro del acuerdo de transacciones de commodities solo estará a cargo de la persona natural que a nombre propio o en representación del contribuyente deba cumplir con la obligación de suscribir declaraciones, presentar información y cumplir otros deberes formales, y que tengan la calidad de representantes legales, mandatarios, delegados, apoderados y representantes en general.

(Artículo 4o, Resolución 67 de 2020)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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