Fundamento para el otorgamiento de estímulos . Los estímulos de que trata la presente sección solo se otorgarán cuando se cumplan las siguientes condiciones
Que las entidades territoriales certificadas en educación y/o los establecimientos educativos celebren los acuerdos de desempeño regulados en la presente sección, con el Ministerio de Educación Nacional.
Que las entidades territoriales certificadas y/o los establecimientos educativos registren mejoras en el índice de Calidad, en los términos establecidos en los acuerdos de desempeño, según lo regulado en la presente sección.
Tratándose de los establecimientos educativos, que estos cumplan con el Mejoramiento Mínimo Anual (MMA) en los términos que defina el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES), para cada uno de los niveles educativos del establecimiento.