º. Para acreditar el requisito a que se refiere el artículo 5o. de este Decreto, los departamentos y distritos deben presentar ante el Ministerio de Educación Nacional un documento que especifique
Los principios generales adoptados por el departamento o distrito para la formulación del Plan Sectorial Anual de Educación.
Los indicadores que el departamento o distrito haya seleccionado como básicos para elaborar el diagnostico y efectuar el seguimiento del Plan.
Los criterios para la fijación de metas, la estimación del costo de las mismas y la formulación del plan anual de inversiones de programas y proyectos.
Los procedimientos para la programación, asignación de recursos, ejecución, evaluación, control y seguimiento físico y financiero de los programas y proyectos que integran el Plan.
La dependencia responsable de la formulación, coordinación de las actividades y evaluación del Plan Sectorial de Desarrollo Educativo. SECCION TERCERA Plan Sectorial Anual de Desarrollo Educativo