Micelio

Artículo 52

Evaluación De La Calidad

Decreto 3554 de 2004 · por el cual se regula el régimen de registro sanitario, vigilancia y control sanitario de los medicamentos homeopáticos para uso humano y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Evaluación de la calidad . Los medicamentos homeopáticos estarán sujetos a los siguientes controles de calidad, los cuales son responsabilidad del titular del registro sanitario y del fabricante: a) Las materias primas antes de su utilización deberán someterse a un estricto control de calidad. Este proceso comprende

1.

Ensayos Físicos: 1.1 Características organolépticas. 1.2 Características macroscópicas. 1.3 Demás ensayos físicos descritos en las farmacopeas oficiales vigentes de acuerdo con la materia prima utilizada.

2.

Ensayos químicos: 2.1 Determinación del grado alcohólico. 2.2 Demás ensayos descritos en las farmacopeas oficiales vigentes. 2.3 Ensayos microbiológicos: Conforme lo descrito en las farmacopeas oficialesvigentes; b) El control de calidad al producto en proceso y al producto terminado debe comprender las siguientes actividades y demás ensayos, según corresponda, conforme lo describen las farmacopeas oficiales vigentes: 1. Inspección y muestreo. 2. Verificación de las propiedades organolépticas, peso promedio, o volumen promedio, según la forma farmacéutica.

3.

Ensayos físico-químicos: características fisicoquímicas según la forma farmacéutica.

4.

Control Microbiológico.

5.

Demás ensayos descritos en la farmacopea homeopática oficial vigente empleada.

Parágrafo

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, podrá, cuando lo estime conveniente, tomar muestras de los medicamentos homeopáticos o del material utilizado como materia prima, para verificar su calidad. CAPITULO XIII Revisión oficiosa del registro sanitario

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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