La Escuela De Graduados Podrá Asociarse Con La Universidad Nacional De Colombia O En Su Defecto Co Notra Universidad Que Determine La Junta Directiva Del Hospital
Decreto 468 de 1961 · Por el cual se aprueban los estatutos del Hospital Militar - Centro Médico Colombiano de Estudios para Graduados
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La Escuela de Graduados podrá asociarse con la Universidad Nacional de Colombia o en su defecto co notra Universidad que determine la Junta Directiva del Hospital. Esta asociación se orientará en tal forma que asegure su reconocimiento académico, así como el del personal científico y docente, por parte de la Universidad asociada. Igualmente obtendrá de la Universidad asociada el reconocimiento de los títulos profesionales correspondientes.
Parágrafo
Esta asociación se efectuará a través de un contrato que respetará todo lo establecido en los presentes estatutos y que se orientará en los fines generales de la institución. TITULO VI Disposiciones Generales.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.