Todo funcionario de carrera podrá solicitar licencia para retirarse temporalmente del servicio en las condiciones establecidas por el Código de Régimen Político y Municipal. El otorgamiento de estas licencias corresponderá a la Secretaría General del Ministerio de Relaciones Exteriores, con aprobación del Ministro.
Decreto 1300 de 1938 →Vigente
Artículo 17
Todo Funcionario De Carrera Podrá Solicitar Licencia Para Retirarse Temporalmente Del Servicio En Las Condiciones Establecidas Por El Código De Régimen Político Y Municipal
Decreto 1300 de 1938 · Por el cual se reglamenta la carrera diplomática y consular y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.