Micelio

Artículo 1

º Son Profesionales Del Arte Los Artistas, Empíricos O Académicos, Que Demuestren Que Han Ejercido, O Ejercen, Actividades Inherentes Al Arte En Cualquiera De Sus Distintas Expresiones, Todo Conforme A Lo Previsto En El Presente Decreto

Decreto 2166 de 1985 · por el cual se crea el Fondo de Seguridad Social del Artista Colombiano y se dictan otras disposiciones.

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son profesionales del arte los artistas, empíricos o académicos, que demuestren que han ejercido, o ejercen, actividades inherentes al arte en cualquiera de sus distintas expresiones, todo conforme a lo previsto en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2004
    C-913/04ConstitucionalidadINHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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