El Banco de la República cederá a la Financiera Energética Nacional S. A., los derechos, por concepto de capital e intereses, incorporados en los acuerdos de pago otorgados a su favor por las entidades del sector energético con la garantía solidaria de la Nación, por un valor total o igual al de los Títulos de Regulación del Excedente Nacional suscritos por Telecom hasta el 31 de julio de 1988. Así mismo, la Financiera Energética Nacional S. A., asumirá el pasivo derivado de la emisión y colocación de los Títulos de Regulación del Excedente Nacional a favor de Telecom, para tal efecto, dichos títulos serán sustituidos por los que emita la FEN, de acuerdo con las condiciones financieras que determine la Junta Monetaria.
Decreto 1806 de 1990 →Vigente
Artículo 12
El Banco De La República Cederá A La Financiera Energética Nacional S
Decreto 1806 de 1990 · por el cual se reglamenta la Ley 25 de 1990 y se dictan normas concernientes a la captación y colocación de recursos de la Financiera Energética Nacional S. A., FEN.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.