Micelio

Artículo 4

El Personal Perteneciente A Los Organismos De Policía Local De Que Trata El Presente Decreto, Quedará Sometido Al Régimen Disciplinario Vigente Para Los Funcionarios Públicos Del Estado, Sin Perjuicio De La Acción Penal A Que Dieren Lugar Sus Actuaciones Como Miembros De Dichos Organismos

Decreto 677 de 1990 · por el cual se dictan medidas tendientes al restablecimiento del orden público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El personal perteneciente a los organismos de Policía Local de que trata el presente Decreto, quedará sometido al régimen disciplinario vigente para los funcionarios públicos del Estado, sin perjuicio de la acción penal a que dieren lugar sus actuaciones como miembros de dichos organismos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 677 de 1990