Micelio

Artículo 16

En Igualdad De Condiciones, Los Oficiales De Las Fuerzas Militares Titulados Como Profesores En Cualquiera De Las Categorías Establecidas En Este Decreto, Tendrán Derecho A Que Se Les Considere Preferencialmente Para El Desarrollo De Cursos De Estudios Y Comisiones En El Exterior, Y También Para Su Designación Como Profesores Titulados Para Las Cátedras En Los Institutos Y Cursos Contemplados En Esta Disposición

Decreto 1139 de 1961 · Por el cual se reglamenta el artículo 18 de la Ley 126 de 1959

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En igualdad de condiciones, los Oficiales de las Fuerzas Militares titulados como Profesores en cualquiera de las categorías establecidas en este Decreto, tendrán derecho a que se les considere preferencialmente para el desarrollo de Cursos de estudios y Comisiones en el exterior, y también para su designación como Profesores Titulados para las Cátedras en los Institutos y Cursos contemplados en esta Disposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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