Adicionase el artículo 84 de la Ley 685 de 2001 , Código de Minas con el siguiente parágrafo:
Parágrafo
El Ministerio de Minas deberá diseñar un formulario especial para la elaboración de los programas de trabajo y obras (PTO) para el sector de las esmeraldas, toda vez que estos minerales no son cuantificables como los demás.