º. El reconocimiento de la pensión de jubilación, invalidez o vejez establecida en las leyes o convenciones vigentes sobre la materia y en las que se expidan en virtud de las facultades de la Ley 21 de 1986, a que tengan derecho los empleados, oficiales, significará la terminación de sus respectivos contratos de trabajo y vinculaciones legales y reglamentarias.
Artículo 6
El Reconocimiento De La Pensión De Jubilación, Invalidez O Vejez Establecida En Las Leyes O Convenciones Vigentes Sobre La Materia Y En Las Que Se Expidan En Virtud De Las Facultades De La Ley 21 De 1986, A Que Tengan Derecho Los Empleados, Oficiales, Significará La Terminación De Sus Respectivos Contratos De Trabajo Y Vinculaciones Legales Y Reglamentarias
Decreto 1586 de 1989 · Por el cual se ordena liquidar la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia, se adoptan normas para su liquidación y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.