En la confección de tales oficios de cargos, el funcionario competente de la Procuraduría General de la Nación observará las siguientes reglas
Se determinarán de manera clara y precisa los hechos u omisiones que objetivamente aparezcan en la averiguación, según las pruebas aportadas.
Se señalarán las disposiciones legales que se consideren infringidas y que sean aplicables al Encartado.
Se indicará el empleo en cuyo ejercicio el acusado haya incurrido en los hechos que se le imputan.