Micelio

Artículo 86

Los Fondos Educativos Regionales, Fer, No Podrán Efectuar Gastos Con Destino A Publicidad Y Propaganda

Decreto 3106 de 1990 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1991, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 86. Los Fondos Educativos Regionales, FER, no podrán efectuar gastos con destino a publicidad y propaganda. Los recursos provenientes del Tesoro Nacional deberán manejarlos en las entidades bancarias y cuentas corrientes debidamente autorizadas por la Dirección General de Tesorería y velarán por el pago oportuno de sus obligaciones. El incumplimiento a esta disposición será causal de mala conducta.

Parágrafo

El Ministerio de Educación Nacional presentará a la Dirección General del Presupuesto una relación detallada de los gastos por concepto de educación contratada en Territorios Misionales, como requisito previo a la expedición de los Acuerdos de Gastos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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