° Los Cajeros de las Administraciones Generales de Correos y de Telégrafos harán las respectivas remesas a las Oficinas Principales de su dependencia, de conformidad con las necesidades que demande el servicio de cada uno de esos ramos.
Decreto 1789 de 1915 →Vigente
Artículo 3
Los Cajeros De Las Administraciones Generales De Correos Y De Telégrafos Harán Las Respectivas Remesas A Las Oficinas Principales De Su Dependencia, De Conformidad Con Las Necesidades Que Demande El Servicio De Cada Uno De Esos Ramos
Decreto 1789 de 1915 · Por el cual se reforman unas disposiciones sobre Contabilidad de los ramos Postal y Telegráfico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.