º . Modificar el artículo 1º del Decreto 1259 de 2000, en el sentido de ampliar hasta el 30 de junio del año 2001, el término establecido para que el Ministerio de Salud conjuntamente con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público elabore el cálculo del monto del Pasivo Prestacional del Sector Salud, así como el porcentaje de la concurrencia de que trata el artículo 33 de la Ley 60 de 1993, con base en los criterios establecidos en el Decreto 530 de 1994.
Decreto 2818 de 2000 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2818 de 2000 · por el cual se modifican parcialmente los Decretos 530 de 1994, 3061 de 1997 y 1259 de 2000 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.