Micelio

Artículo 9

El Artículo 78 Del Decreto-Ley 1250 De 1970 Quedara Así: El Avaluó Oficial De Los Inmuebles Industriales O Agrícolas Es Unitario E Incluirá El Valor Corriente De Los Bienes A Que Se Refieren Los Artículos 656 Y 657 Del Código Civil

Decreto 2156 de 1970 · Por el cual se modifica el Decreto-ley 1250 de 1970 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El artículo 78 del decreto-ley 1250 de 1970 quedara así: el avaluó oficial de los inmuebles industriales o agrícolas es unitario e incluirá el valor corriente de los bienes a que se refieren los artículos 656 y 657 del código civil. Una vez en firme, el avaluó catastral será oficial y el único atendible en toda clase de diligencias y procesos frente a la administración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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