º Los gastos que se ocasionen con motivo de las reuniones o desplazamientos del Comité, serán sufragados por la respectiva entidad a que pertenece cada uno de sus miembros. La División de Asuntos Indígenas podrá atender los gastos forzosos de transporte y manutención de los representantes indígenas en el mismo.
Decreto 615 de 1985 →Vigente
Artículo 6
º Los Gastos Que Se Ocasionen Con Motivo De Las Reuniones O Desplazamientos Del Comité, Serán Sufragados Por La Respectiva Entidad A Que Pertenece Cada Uno De Sus Miembros
Decreto 615 de 1985 · Por el cual se crea el comité asesor de Política Indigenista para el Departamento del Cauca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.