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Artículo 2

Cada Uno De Los Fondos De Cofinanciación Que Administre O Ejecute La Financiera De Desarrollo Territorial Se Llevará En Cuenta Separada

Decreto 27 de 1998 · por el cual se reglamenta parcialmente la administración de recursos del Presupuesto Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Cada uno de los fondos de cofinanciación que administre o ejecute la Financiera de Desarrollo Territorial se llevará en cuenta separada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 27 de 1998