Micelio

Artículo 7

El Ministerio De Gobierno, Por Decreto Separado, Dictará Las Disposiciones Pertinentes Para Reorganizar La Administración Pública En La Intendencia Del Amazonas Y En Las Comisarías Del Caquetá Y El Putumayo

Decreto 621 de 1938 · Por el cual se adscriben la navegación y las obras públicas del Sur, a los Ministerios de Guerra y Obras Públicas respectivamente

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 7° El Ministerio de Gobierno, por decreto separado, dictará las disposiciones pertinentes para reorganizar la Administración Pública en la Intendencia del Amazonas y en las Comisarías del Caquetá y el Putumayo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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