º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público, según de conformidad con la Ley 78 de 1989. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Decreto 1144 de 1991 →Vigente
Artículo 8
º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial, Requisito Que Se Entiende Cumplido Con La Orden Impartida Por El Director General De Crédito Público, Según De Conformidad Con La Ley 78 De 1989
Decreto 1144 de 1991 · por el cual se ordena una emisión de Títulos de Deuda Pública Externa de la Nación hasta por la suma de US$ 200.000.000 de los Estados Unidos de América.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.