Micelio

Artículo 3

El Fondo Tendrá Como Domicilio La Ciudad De Bogotá Y Desarrollará Actividades Dentro Del Mismo Ámbito De Jurisdicción Del Ministerio De Comunicaciones

Decreto 313 de 1991 · por medio del cual se reglamenta la administración y funcionamiento del Fondo de Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Fondo tendrá como domicilio la ciudad de Bogotá y desarrollará actividades dentro del mismo ámbito de jurisdicción del Ministerio de Comunicaciones. CAPITULO II. Organos de dirección y administración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 313 de 1991