A partir del 1° de marzo de 1955, los sueldos básicos mensuales para el personal de Suboficiales de las Fuerzas Militares, Marinería y Grumetes de la Armada Nacional serán los siguientes: a ) Ejercito: Sargento Mayor $ 350.00 Sargento Primero 320.00 Sargento Vice Primero 280.00 Sargento Segundo 250.00 Cabo 1° 200.00 Cabo 2° 150.00 b ) Armada. Suboficial Jefe Técnico $ 350.00 Suboficial Jefe 320.00 Suboficial 1° 280.00 Suboficial 2° 250.00 Suboficial 3° 200.00 Marinero 150.00 Grumete Distinguido 30.00 Grumete 15.00 c) Fuerza Aérea : 1° Suboficiales Especialistas, de los Servicios y de las Tropas de Aviación tendrán los mismos sueldos básicos que los Suboficiales del Ejército. 2° Suboficiales Técnicos: Suboficial Técnico Jefe $ 420.00 Suboficial Técnico Sub Jefe 390.00 Suboficial Técnico 1° 330.00 Suboficial Técnico 2° 270.00 Suboficial Técnico 3° 220.00
Decreto 501 de 1955 →Vigente
Artículo 62
A Partir Del 1° De Marzo De 1955, Los Sueldos Básicos Mensuales Para El Personal De Suboficiales De Las Fuerzas Militares, Marinería Y Grumetes De La Armada Nacional Serán Los Siguientes: A ) Ejercito: Sargento Mayor $ 350
Decreto 501 de 1955 · Por medio del cual se reorganiza la carrera profesional de Suboficiales de las Fuerzas Militares y Marinería de la Armada Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.