Micelio

Artículo 13

Para Los Efectos Del Presente Decreto El Ministerio De Desarrollo Económico Estará Asesorado Por El Consejo Superior De La Política Para La Pequeña Y La Mediana Industria Y Por El Consejo Superior De La Microempresa, Artesanías Y El Sector Informal De La Industria, En Los Asuntos Y Con Las Formalidades Que Le Señala La Ley 81 De 1988

Decreto 1220 de 1990 · por el cual se reglamenta la Ley 78 de 1988.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos del presente Decreto el Ministerio de Desarrollo Económico estará asesorado por el Consejo Superior de la Política para la Pequeña y la Mediana Industria y por el Consejo Superior de la Microempresa, Artesanías y el Sector Informal de la Industria, en los asuntos y con las formalidades que le señala la Ley 81 de 1988.

Parágrafo

En desarrollo de las políticas fijadas para el fomento de la microempresa y de la pequeña y mediana industria, podrá participar como invitado en estos dos Consejos Superiores con derecho a voz el Ministro de Trabajo y Seguridad Social o su delegado. Podrán también invitarse a estos Consejos dos representantes de organizaciones no gubernamentales que adelanten programas similares, escogidos por el respectivo Consejo superior de terna presentada por el Departamento Nacional de Planeación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1220 de 1990