Los Permisionarios De Que Trata El Artículo 8º De Este Decreto, Están Sujetos A Lo Dispuesto En Le Artículo 5º Del Mismo, Excepción Hecha De La Celebración Del Contrato, Y A Todas Las Demás Disposiciones Establecidas En El Mismo Decreto En Lo Relativo A Permisos De Explotación
Decreto 1242 de 1926 · Por el cual se reglamenta la Ley 72 de 1925 y se dictan otras disposiciones sobre hidrocarburos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los permisionarios de que trata el artículo 8º de este Decreto, están sujetos a lo dispuesto en le artículo 5º del mismo, excepción hecha de la celebración del contrato, y a todas las demás disposiciones establecidas en el mismo Decreto en lo relativo a permisos de explotación.
Parágrafo
Cualquiera de los permisionarios de que trata el presente artículo, que quisiera perorar en los terrenos a que se refieren sus propuestas de explotación, lo avisaran por escrito al Ministerio de industrias, expresando su voluntad de someterse en un todo a lo dispuesto en el artículo 10 de este Decreto, y las demás disposiciones concordantes del mismo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.