Micelio

Artículo 25

Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministro de Gobierno, de acuerdo con el Ministro de Educación y con los Directores Departamentales de Educación y con los Directores Departamentales de Educación, proveerá a la organización de escuelas de especialización penitenciaria en las Penitenciarías y Cárceles de Distrito, para la preparación de sus empleados y de los que quieran incorporarse en la administración carcelaria y penitenciaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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