Obligaciones del responsable de la afiliación y pago. La entidad territorial certificada en educación, la institución de educación, la escuela normal superior o la empresa o institución pública o privada que afilia y paga los aportes al Sistema General de Riesgos Laborales del estudiante, tendrán las siguientes obligaciones:
Realizar los trámites administrativos de afiliación de los estudiantes al Sistema General de Riesgos Laborales.
Paga los aportes al Sistema a través de la PILA.
Reportar las novedades que se presenten, a la Administradora de Riesgos Laborales respectiva.
Reportar los accidentes y las enfermedades ocurridas con ocasión de la práctica o actividad, a la Administradora de Riesgos Laborales y a la Entidad Promotora de Salud respectiva del estudiante.
(Decreto número 55 de 2015, artículo 9°)