Micelio

Artículo 1

La Partida De $ 42

Decreto 417 de 1943 · Por el cual se reglamenta en parte, la Ley 1ª de 1941, que concede unos auxilios al Municipio y a los damnificados de Tado (Chocó) por el incendio ocurrido el 16 de julio de 1941

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La partida de $ 42.000.00 apropiada en el Presupuesto vigente en el capítulo 93, articulo 1398, para la reconstrucción de la ciudad de Tadó, edificios municipales e indemnización de los damnificados pobres por el incendio ocurrido allí el 16 de julio de 1941, se distribuye así: Para la reconstrucción de los edificios municipales $ 18.900.00 Para la reconstrucción de la iglesia 2.100.00 Para auxiliar a los damnificados por el incendio 21.000.00 Suma $ 42.000.00

Parágrafo

En esta misma proporción se distribuirán las partidas que se apropien en vigencias posteriores con destino a dar cumplimiento a lo dispuesto en los cuatro primeros artículos de la Ley 1° de 1941.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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