Las personas naturales y sus asimiladas, las personas jurídicas y sus asimiladas y, demás entidades públicas y privadas enunciadas en los numerales 4, 5, 6, 7 y 8 del artículo 1.3.1.1 de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el literal k) del artículo 631 del Estatuto Tributario, deberán suministrar el valor total de la renta exenta solicitada en la declaración de renta del año gravable, conforme con los parámetros establecidos en las especificaciones técnicas del Formato 1011 Versión 6, utilizando los siguientes conceptos:
Ítem | Descripción | Concepto
| Renta exenta por venta energía eléctrica generada con base en energía eólica, biomasa o residuos agrícolas, solar, geotérmica o de los mares. E.T. art. 235-2 num. 3. | 8104
| Renta exenta por aprovechamiento de nuevas plantaciones forestales incluida la guadua, el caucho y el marañón. E.T. art. 235-2 num. 5. inc. 1 | 8106
| Renta exenta por prestación de servicio de transporte fluvial con embarcaciones y planchones de bajo calado E.T. art. 235-2 num. 6 | 8109
| Rentas exentas por la utilidad en la enajenación de predios destinados a fines de utilidad pública. E.T. art. 207-2 num. 9. Sentencia C-083 del 2018 | 8111
| Rentas exentas por aplicación de algún convenio para evitar la doble tributación | 8120
| Rentas exentas por creaciones literarias de la economía naranja contenidas en el art. 28 Ley 98 de 1993. E.T. art. 235-2 num. 8. | 8121
| Rentas exentas por Intereses, comisiones y pagos por deuda pública externa, E.T. art. 218. | 8125
| Rentas exentas por inversión en nuevos aserríos, plantas de procesamiento y plantaciones de árboles maderables y árboles en producción de frutos. E.T., art. 235-2, numeral 5. incs. 2 y 3 | 8127
| Rentas exentas por servicios prestados en hoteles nuevos. E.T. art. 207-2 num. 3, modificado art. 96, L. 2277/2022 | 8133
| Rentas exentas por servicios prestados en hoteles remodelado y/o ampliados. E.T. art. 207-2 num. 4, modificado art. 96, L. 2277/2022 | 8134
| Rentas exentas por aportes voluntarios a los fondos de pensiones. E.T. art. 126-1 inc. 2 | 8140
| Rentas exentas por los ahorros a largo plazo para el fomento de la construcción. E.T., art. 126-4 | 8141
| Rentas exentas del beneficio neto o excedente para las entidades sin ánimo de lucro. E.T., art 358 E.T. | 8142
| Rentas exentas de fondos provenientes de auxilios o donaciones de entidades o gobiernos extranjeros. Convenidos con el Gobierno colombiano, destinados a programas de utilidad común y registrados por la Agencia Presidencial de la Cooperación Internacional. L. 788/2002. art. 96. | 8145
| Rentas exentas prestaciones provenientes de un fondo de pensiones. E.T. art. 207. | 8156
| Renta exenta pago principal y demás rendimientos generados en actividades financieras por parte de entidades gubernamentales de carácter financiero y de cooperación para el desarrollo. E.T., art. 207-2, num. 12. | 8159
| Rentas exentas de los industriales de la cinematografía, personas naturales. L. 397/1997, art. 46. | 8160
| Renta exenta por la utilidad en la enajenación de predios destinados al desarrollo de proyectos de vivienda interés social y/o prioritario. E.T. art. 235-2 num. 4, lit. a) | 8164
| Renta exenta por la utilidad en la primera enajenación de viviendas de interés social y/o prioritario. E.T. art. 235-2 num. 4 lit. b) | 8165
| Renta exenta por rendimientos financieros provenientes de créditos para adquisición de vivienda de interés social y/o prioritario. E.T., art. 235-2, num. 4 lit. e) | 8168
| Renta exenta por los rendimientos generados por la reserva de estabilización que constituyen las entidades administradoras de fondos de pensiones y cesantías. Ley 100 de 1993 art. 101. E.T. art. 235-2 num. 9. | 8169
| Renta exenta de capital por dividendos o participaciones distribuidos por no residentes a CHC y por prima en colocación de acciones. E.T. art. 895. | 8173
| Renta exenta ganancia ocasional derivada de la venta o transmisión de la participación de una CHC en entidades no residentes. E.T. art. 896. | 8174
| Renta exenta de las sumas destinadas al pago de los seguros de invalidez y de sobrevivientes dentro del mismo régimen de ahorro individual con solidaridad. L. 100/93, art. 135 | 8175
| Rentas exentas provenientes de bienes inmuebles situados en otro país de la CAN. Decisión 578 de 2004, art. 4o. | 8176
| Rentas exentas provenientes de la explotación de recursos naturales en otro país de la CAN. Decisión 578 de 2004, art. 5o. | 8177
| Rentas exentas por actividades empresariales efectuadas en otro país de la CAN. Decisión 578 de 2004, art. 6o. | 8178
| Rentas exentas de empresas de transporte domiciliadas en otro país de la CAN. Decisión 578 de 2004, art. 8o. | 8179
| Rentas exentas por regalías de bienes intangibles en un país miembro de la CAN. Decisión 578 de 2004, art. 9o. | 8180
| Rentas exentas por intereses y demás rendimientos financieros cuyo pago se registra e imputa en otro país miembro de la CAN. Decisión 578 de 2004, art. 10. | 8181
| Rentas exentas por dividendos y participaciones distribuidos por empresas domiciliadas en otro país miembro de la CAN. Decisión 578 de 2004, art. 11. | 8182
| Rentas exentas por ganancias de capital obtenidas en la venta de bienes situados en otro país miembro de la CAN. Decisión 578 de 2004, art. 12. | 8183
| Renta exenta generados por la prestación de servicios personales prestados en otro país miembro de la CAN. Decisión 578 de 2004, art. 13. | 8184
| Rentas exentas por beneficios empresariales en servicios, servicios técnicos, asistencia técnica y consultoría prestados en otro país de la CAN. Decisión 578 de 2004, art. 14. | 8185
| Rentas exentas por pensiones y anualidades obtenidas de fuentes productoras situadas en otro país miembro de la CAN. Decisión 578 de 2004, art. 15. | 8186
| Rentas exentas provenientes de actividades de entretenimiento público efectuadas en otro país miembro de la CAN. Decisión 578 de 2004, art. 16. | 8187
| Renta exenta de que trata L. 546/1999, art. 16. Modificado. L. 964/2005 asociados a proyectos de vivienda de interés y prioritario. E.T., art. 235-2, num. 4, lit. d | 8167
| Renta exenta. Incentivo tributario para empresas de economía naranja. E.T. art. 235-2 num. 1 | 8171
| Renta exenta. Incentivo tributario para el desarrollo del campo colombiano, E.T. art. 235-2 num. 2 | 8172
(Artículo 34, Resolución 162 de 2023)