Micelio

Artículo 26

(Transitorio) : El Instituto Podrá Incorporar Provisionalmente A Su Planta, Funcionarios De Las Siguientes Dependencias Del Ministerio De Minas Y Petróleos: A) De Las Divisiones De Estudios Geológicos Y Del Laboratorio Químico Nacional, Adoptando Las Normas Señaladas En El De­creto 3173 De 1968 Para El Personal De Planta Del Ministerio De Minas Y Petróleos De Categoría Similar; Y B) Del Inventario Minero Nacional En Las Condiciones Pactadas En Los Contratos De Servicios Firmados Con El Gobierno Con Posterioridad Al 30 De Septiembre De 1968

Decreto 441 de 1969 · por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras (Ingeominas).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

(Transitorio) : El Instituto podrá incorporar provisionalmente a su planta, funcionarios de las siguientes dependencias del Ministerio de Minas y Petróleos

a)

De las Divisiones de Estudios Geológicos y del Laboratorio Químico Nacional, adoptando las normas señaladas en el De­creto 3173 de 1968 para el personal de planta del Ministerio de Minas y Petróleos de categoría similar; y

b)

Del Inventario Minero Nacional en las condiciones pactadas en los contratos de servicios firmados con el Gobierno con posterioridad al 30 de septiembre de 1968.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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