El subsidio será el establecido en la siguiente Tabla: No obstante lo dispuesto en el inciso anterior, si en el transcurso de los tres últimos meses de imposiciones el salario de la asegurada hubiere correspondido a varias categorías, para la determinación de la, cuantía del subsidio diario se estará a lo dispuesto en el artículo 20 de este Reglamento, in fine.
Decreto 721 de 1949 →Vigente
Artículo 30
El Subsidio Será El Establecido En La Siguiente Tabla: No Obstante Lo Dispuesto En El Inciso Anterior, Si En El Transcurso De Los Tres Últimos Meses De Imposiciones El Salario De La Asegurada Hubiere Correspondido A Varias Categorías, Para La Determinación De La, Cuantía Del Subsidio Diario Se Estará A Lo Dispuesto En El Artículo 20 De Este Reglamento, In Fine
Decreto 721 de 1949 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Seguro Obligatorio de Enfermedad-Maternidad.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.