Micelio

Artículo 5

El Montó Que Se Autoriza Para Cada Numeral De Gastos Incluidos En El Presente Decreto, Debe Aplicaren Exclusivamente Al Objeto Determinado En El Texto Del Respectivo Numeral, Y No Podrá Excederse Salvo Que El Monto De Éste Se Modifique Por Medio De Créditos Adicionales O Traslados En La Forma Autorizada En Los Artículos Siguientes

Decreto 2612 de 1976 · Sobre liquidación del Presupuesto de Ingresos y Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales para el año fiscal de 1977

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El montó que se autoriza para cada numeral de gastos incluidos en el presente Decreto, debe aplicaren exclusivamente al objeto determinado en el texto del respectivo numeral, y no podrá excederse salvo que el monto de éste se modifique por medio de créditos adicionales o traslados en la forma autorizada en los artículos siguientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2612 de 1976