º. Consejo Técnico de Coordinación Regional . En cada una de las Regionales del Fondo Nacional de Caminos Vecinales créase un Consejo Técnico de Coordinación Regional, el cual estará integrado por
El Director Regional del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, quien lo presidirá;
El Jefe de la Oficina de Planeación Departamental, o quien haga sus veces;
El Secretario de Obras Públicas del Departamento, o quien haga sus veces;
El Gerente Regional del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria - Incora;
El Director Regional del Fondo DRI, y
Un delegado de los Planes Especiales del Gobierno Nacional.
En las Regionales del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, con jurisdicción en los Territorios Nacionales este Consejo estará integrado por
El Director Regional del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, quien lo presidirá;
Un delegado del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías - DAINCO;
Un delegado del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria - Incora, y
Un delegado de los Planes Especiales del Gobierno Nacional.
La Secretaría Ejecutiva del Consejo Técnico estará a cargo del Jefe de la Sección de Ingeniería de la respectiva Regional del Fondo Nacional de Caminos Vecinales.