El artículo 189 del Estatuto Tributario quedará así:
"Artículo 189. Depuración de la base de cálculo y determinación:
...
d)
A partir del año gravable 2002 el valor patrimonial neto de los bienes vinculados directamente a empresas cuyo objeto social exclusivo sea la minería distinta de la explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos".