Micelio

Artículo 148

Decreto 501 de 1955 · Por medio del cual se reorganiza la carrera profesional de Suboficiales de las Fuerzas Militares y Marinería de la Armada Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las dependencias respectivas continuarán pagando a los herederos de los Suboficiales que fallezcan hallándose en goce de asignación de retiro o de pensión, durante los tres (3) meses siguientes, las asignaciones que estuviere recibiendo el causante en el momento del fallecimiento.

Parágrafo 1

° La Caja de Retiro de las Fuerzas Militares para efectuar el pago ordenado en este Artículo, se basará en la Hoja de Servicio del Suboficial fallecido.

Parágrafo 2

°. Los interesados presentarán únicamente ante la entidad pagadora, copia auténtica de la partida de defunción, y se identificarán en forma legal acreditando su calidad de herederos y con base en estos documentos se dictará la correspondiente resolución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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