Micelio

Artículo 59

Los Miembros Que Integran La Junta Asesora De La Policía Nacional No Tendrán Suplentes Y En Consecuencia, No Pueden Ser Reemplazados En Sus Funciones Y Atribuciones Por Otros Funcionarios

Decreto 2565 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Defensa Nacional y se determinan sus funciones

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los miembros que integran la Junta Asesora de la Policía nacional no tendrán suplentes y en consecuencia, no pueden ser reemplazados en sus funciones y atribuciones por otros funcionarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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