Relaciones con otras organizaciones internacionales 206 A fin de contribuir a una completa coordinación internacional en materia de telecomunicaciones, la Unión colaborará con las organizaciones internacionales que tengan intereses y actividades conexos.
Artículo 50
Relaciones Con Otras Organizaciones Internacionales 206 A Fin De Contribuir A Una Completa Coordinación Internacional En Materia De Telecomunicaciones, La Unión Colaborará Con Las Organizaciones Internacionales Que Tengan Intereses Y Actividades Conexos
Decreto 2060 de 1999 · por el cual se promulga la "Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones" y el "Protocolo Facultativo sobre la Solución Obligatoria de Controversias Relacionadas con la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y los Reglamentos Administrativos", adoptados en Ginebra el 22 de diciembre de mil novecientos noventa y dos (1992)
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.