°. Los compromisos presupuestales legalmente adquiridos, se cumplen o ejecutan, tratándose de contratos o convenios, con la recepción de los bienes y servicios, y en los demás eventos, con el cumplimiento de los requisitos que hagan exigible su pago. Para pactar la recepción de bienes y servicios en vigencias siguientes a la de celebración del compromiso, se debe contar previamente con una autorización por parte del Confis o de quien este delegue, de acuerdo con lo establecido en la ley, para asumir obligaciones con cargo a presupuestos de vigencias futuras.
Decreto 1957 de 2007 →Vigente
Artículo 1
Los Compromisos Presupuestales Legalmente Adquiridos, Se Cumplen O Ejecutan, Tratándose De Contratos O Convenios, Con La Recepción De Los Bienes Y Servicios, Y En Los Demás Eventos, Con El Cumplimiento De Los Requisitos Que Hagan Exigible Su Pago
Decreto 1957 de 2007 · por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto y se dictan otras disposiciones en la materia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 1° del decreto 1957 de 2007, el cual quedará así) por decreto 4836/11 modificado por decreto 4836/11 modificado por decreto 4836/11
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.