Micelio

Artículo 53

Decreto 3072 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional que presten servicios en zonas donde se desarrollen operaciones especiales para restablecer el orden público, tendrán derecho a una Prima Mensual que se denominará de Orden Público, correspondiente al diez por ciento (10%) del sueldo básico. El Ministerio de Defensa Nacional determinará los lugares y circunstancias en que debe pagarse esta prima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3072 de 1968