La Prestación Del Servicio Especial De Radioaficionados Dará Lugar Al Pago Anual En Favor Del Fondo De Comunicaciones De Las Tarifas Establecidas En El Artículo 43 Del Decreto 2617 De 1991
Decreto 1213 de 1993 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2617 de 1991, sobre el servicio de radioaficionados.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° La prestación del servicio especial de radioaficionados dará lugar al pago anual en favor del Fondo de Comunicaciones de las tarifas establecidas en el artículo 43 del Decreto 2617 de 1991. Estos pagos se deberán hacer dentro de los tres (3) primeros meses de cada año calendario. El pago extemporáneo de las obligaciones contenidas en este artículo tendrá un recargo equivalente a diez (10) salarios mínimos legales diarios por cada año o fracción de año de mora.
Parágrafo
Los usuarios del servicio de radioaficionados que no hicieron el pago conforme lo dispuso el artículo 43 del Decreto 2617 de 1991, lo podrán hacer hasta el 31 de agosto de 1993.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.