Micelio

Artículo 1

Adóptase La Nueva Tarifa Aduanera Vigente Para La Región Fronteriza Colombo-Peruana De Que Trata El Artículo 11 De La Ley 160 De 1938, Así Como Las Disposiciones Contenidas En Las Recomendaciones Números 1 A 4 Aprobadas Por La Comisión De Coordinación Económica Y Comercial Colombo-Peruana, Que Asumió Las Funciones De La Comisión Mixta Del Convenio Previsto En El Artículo X Del Mismo

Decreto 738 de 1971 · Por el cual se adoptan normas aduaneras especiales para el territorio aduanero de Leticia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Adóptase la nueva tarifa aduanera vigente para la región fronteriza colombo-peruana de que trata el artículo 11 de la ley 160 de 1938, así como las disposiciones contenidas en las recomendaciones números 1 a 4 aprobadas por la Comisión de Coordinación Económica y Comercial Colombo-Peruana, que asumió las funciones de la Comisión Mixta del Convenio previsto en el artículo X del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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