° Créase, dependiente del Ministerio de la Economía Nacional, un Departamento que se denominará de Control de Mercados y Precios, y estará compuesto por: a.) La actual Oficina Reguladora de Mercados y Precios, cuyo Jefe lo será del Departamento; b) Las Juntas de Control de Artículos de Primera Necesidad de aquellas capitales de los Departamentos y ciudades que el Ministerio de la Economía Nacional considere conveniente crear, o que sigan funcionando; e) Las Juntas Asesoras que existen actualmente en los demás Municipios y los que creen las Juntas de Control.
Decreto 2613 de 1946 →Vigente
Artículo 1
Créase, Dependiente Del Ministerio De La Economía Nacional, Un Departamento Que Se Denominará De Control De Mercados Y Precios, Y Estará Compuesto Por: A
Decreto 2613 de 1946 · Por el cual se crea el Departamento de Control de Mercados y Precios y se dictan otras disposiciones sobre la materia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.