Firma Electrónica En La Presentación Electrónica De Recursos De Reconsideración
Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 1.7.4.1. de la presente resolución, la Firma Electrónica sustituye para todos los efectos el mecanismo de firma digital respaldado con certificado digital. En consecuencia, el requisito de firma digital establecido en el inciso 5 del numeral 2 del artículo 559 del Estatuto Tributario se entenderá cumplido con el IFE expedido por la UAE (DIAN).
(Artículo 5o, Resolución 56 de 2021)
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.