Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1553 de 1991 · por el cual se modifican niveles porcentuales del CERT, se destinan recursos a los fondos de estabilización de productos agropecuarios de exportación y se dictan oras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El artículo 3º del Decreto 987 de 1991, quedará así: "Artículo 3º. A partir de la puesta en funcionamiento del Fondo de Modernización Económica de que trata la Ley 7a. de 1991, este organismo destinará el equivalente al 5% de los reintegros por exportaciones correspondientes a las partidas y subpartidas arancelarias 18.01.00.10.00, 18.01.00.20.00, 18.02, 18.03, 18.04 y 18.05, respectivamente, al Fondo de Estabilización de Precios del Cacao. Igualmente, destinará el equivalente al 5% de los reintegros por exportaciones correspondientes a las partidas y subpartidas arancelarias 14.04.20.00.00. 52.01.00.00.20, 52.02 y 53.03 a los Fondos de Estabilización de los Precios del Algodón."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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