Micelio
DecretoVigente

Decreto 446 de 1992

Por el cual se modifican los niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario -CERT-, se destinan recursos a los fondos de estabilización de productos agropecuarios de exportación y se dictan otras disposiciones.

5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Las Exportaciones De Productos Diferentes De Café, Petróleo, Y Sus Derivados, Que Se Embarquen A Partir Del 1º De Abril De 1992, Tendrán Niveles Porcentuales Del Certificado De Reembolso Tributario Cert- Para Las Partidas Y Subpartidas Arancelarias Que Se Relacionan A Continuación: Partida O Subpartida Arancelaria Nivel De Cert Asignado En Porcentaje Capítulo Nº 1 Animales Vivos 012º Adiciónase El Siguiente Parágrafo Al Artículo 4º Del Decreto 987 De 1991, Así: Parágrafo 4º Cuando Se Trate De Exportaciones De Bienes De Capital, Financiadas Con Créditos A Más De Un Año, El Banco De La República Podrá Pagar El Cert Previa La Certificación Del Incomex De La Calidad De Bien De Capital Y La Comprobación De Que La Exportación Se Ha Realizado, Con Base En El Documento Único De Exportación Expedido Por La Dirección General De Aduanas, Siempre Y Cuando Considere Que Los Créditos Otorgados Para La Exportación Están Respaldados Por Títulos Valores Idóneos"3º El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Destinará El Equivalente Al 5 % De Los Reintegros Por Exportaciones Correspondientes A Las Subpartidas Arancelarias 144º El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Destinará El Equivalente Al 5 % De Los Reintegros Por Exportaciones Correspondientes A Las Partidas Arancelarias 185El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y En Especial El Artículo 3º Del Decreto 1553 De 1991 Y El Artículo 2º Del Decreto 2039 De 1991
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Firmas