Micelio

Artículo 6

Celebrados Los Contratos, El Documento Oficial Del Icetex O Colciencias Expedido Para Un Profesional En Cumplimiento Suyo Será Suficiente Para Que Se Le Expidan Las Licencias, Registros Y Documentos Necesarios Para La Importación, Así Como Para Que Se Le Reconozca Exención De Derechos De Aduanas Y De Ventas, De Acuerdo Con Lo Que Éste Y Las Normas Legales Sobre La Materia Y Este Decreto Estipulan

Decreto 1397 de 1972 · Por el cual se reglamenta la Ley 24 de 1959 y se desarrolla la Ley 6 de 1971

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Celebrados los contratos, el documento oficial del ICETEX o COLCIENCIAS expedido para un profesional en cumplimiento suyo será suficiente para que se le expidan las licencias, registros y documentos necesarios para la importación, así como para que se le reconozca exención de derechos de aduanas y de ventas, de acuerdo con lo que éste y las normas legales sobre la materia y este decreto estipulan. Los vehículos, maquinarias y demás bienes importados en base a los contratos que prevé este Decreto, sólo pueden enajenarse después de tres años contados a partir de la fecha de nacionalización, a no ser que se cubra la integridad de los gravámenes que rijan en la fecha de la venta, descontando el valor del pago hecho por el mismo concepto al nacionalizar los bienes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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