°. En los Cuarteles generales de las Zonas se llevarán los siguientes libros: Posesiones de empleados; situación de personal y material de las fuerzas de las Zonas; alta y baja de personal y material de las mismas; Ordenes generales del Ejército y de las Zonas; registro de libranzas; copiadores de comunicaciones; radicador de juicios criminales; anotador de radicaciones; anotador de embargos judiciales y de exhortos; y se examinarán los legajos mensuales que se envíen al Estado Mayor general, á fin de que éstos lleguen debidamente arreglados y no haya lugar á devolución.
Artículo 5
En Los Cuarteles Generales De Las Zonas Se Llevarán Los Siguientes Libros: Posesiones De Empleados; Situación De Personal Y Material De Las Fuerzas De Las Zonas; Alta Y Baja De Personal Y Material De Las Mismas; Ordenes Generales Del Ejército Y De Las Zonas; Registro De Libranzas; Copiadores De Comunicaciones; Radicador De Juicios Criminales; Anotador De Radicaciones; Anotador De Embargos Judiciales Y De Exhortos; Y Se Examinarán Los Legajos Mensuales Que Se Envíen Al Estado Mayor General, Á Fin De Que Éstos Lleguen Debidamente Arreglados Y No Haya Lugar Á Devolución
Decreto 710 de 1906 · Por el cual se reglamenta la dependencia y organización del Ejército, de la Policía y Gendarmería Nacionales
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.