Las apropiaciones que figuren en el presupuesto para la vigencia fiscal con destino a la construcción, reconstrucción o pavimentación de obras del Estado, servirán también para el estudio, adquisición, remodelación e interventoría de las respectivas obras, en los casos en que no se haya apropiado partida alguna para tales fines. En caso de que las apropiaciones figuren con destino a la adquisición y remodelación, podrán servir para la construcción o reconstrucción de las obras señaladas.
Decreto 2611 de 1976 →Vigente
Artículo 38
Las Apropiaciones Que Figuren En El Presupuesto Para La Vigencia Fiscal Con Destino A La Construcción, Reconstrucción O Pavimentación De Obras Del Estado, Servirán También Para El Estudio, Adquisición, Remodelación E Interventoría De Las Respectivas Obras, En Los Casos En Que No Se Haya Apropiado Partida Alguna Para Tales Fines
Decreto 2611 de 1976 · Sobre Liquidación del Presupuesto de Renta y Recurso de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1977
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.