º. Los medicamentos, alimentos y cosméticos tendrán para su licencia las siguientes clases: Clase
Los medicamentos en forma farmacéutica definida, que requieren prescripción médica, y que no son oficinales. Clase
Los medicamentos con forma farmacéutica definida, que no requieren prescripción médica y que no son oficinales. Clase
Los alimentos preparados, con indicaciones terapéuticas, o aquellos que sin tenerlas, reemplacen a regímenes alimenticios especiales. Clase
Cremas, afeites y lociones para la piel, tintes y lociones especiales para el cabello, barnices para la uñas, etc. Clase
Los medicamentos oficinales, con forma farmacéutica definida, que requieren la prescripción médica para su uso. Clase
Los medicamentos oficinales, de forma farmacéutica definida, que no requieren la prescripción médica para su uso.