El Instituto Caro Y Cuervo, Anexo Al Ministerio De Educación Nacional, Funcionará En Adelante Como Organismo Descentralizado, Con Personería Jurídica Y Patrimonio Propio, De Acuerdo Con Las Normas De La Constitución Y Las Disposiciones Del Presente Decreto
Decreto 1993 de 1954 · Orgánico del Instituto Caro y Cuervo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° El Instituto Caro y Cuervo, anexo al Ministerio de Educación Nacional, funcionará en adelante como organismo descentralizado, con personería jurídica y patrimonio propio, de acuerdo con las normas de la Constitución y las disposiciones del presente Decreto.
Parágrafo
El domicilio legal del Instituto será la ciudad de Bogotá. Podrá, sin embargo, el Instituto tener filiales en otras ciudades del país y del Exterior.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.